Derecho laboral

Plazos de prescripción de las acciones laborales

Por la Redacción de AbogadoAI · Actualizado el 29 de junio de 2026 · Lectura 11 min · 🇬🇧 Read in English

En el dinámico mercado de trabajo en España, el tiempo es un factor tan crucial como el propio derecho que se reclama. Muchos trabajadores y empleadores desconocen que las reclamaciones derivadas de un contrato de trabajo no pueden realizarse de forma indefinida, sino que están sujetas a estrictos límites temporales que, de superarse, extinguen la posibilidad de obtener una tutela judicial efectiva. Comprender la diferencia entre la pérdida de un derecho por el mero transcurso del tiempo y los mecanismos para detener ese contador es fundamental para salvaguardar tus intereses económicos y profesionales. En esta guía detallada, analizaremos los plazos de prescripción y caducidad en el derecho laboral español bajo el rigor del Estatuto de los Trabajadores y la jurisprudencia vigente.

El marco normativo: Prescripción vs. Caducidad en el Derecho Laboral

Para abordar con seguridad cualquier reclamación laboral en España, es imprescindible distinguir entre dos conceptos jurídicos que, aunque similares en sus efectos prácticos (la pérdida de la posibilidad de reclamar), funcionan de manera muy diferente: la prescripción y la caducidad.

El marco normativo de referencia se asienta principalmente en el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores (ET), específicamente en su artículo 59, así como en la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social (LRJS). Supletoriamente, y para entender las reglas de cómputo, acudimos al Código Civil (artículos 1969 y siguientes).

Los plazos de prescripción y caducidad clave en la legislación española

La legislación laboral española establece plazos muy cortos en comparación con el ámbito civil, con el objetivo de dotar de seguridad jurídica a las relaciones de producción y evitar la acumulación indefinida de contingencias económicas para las empresas.

1. El plazo general de prescripción de un año (Reclamaciones de cantidad)

El artículo 59.1 del Estatuto de los Trabajadores establece el plazo general de un año para el ejercicio de las acciones derivadas del contrato de trabajo que no tengan un plazo especial señalado.

Este plazo de 1 año es el que se aplica, de manera estrella, a las reclamaciones de cantidad (impago de salarios, horas extraordinarias, diferencias salariales por aplicación incorrecta del convenio colectivo, pluses de nocturnidad o turnicidad, y pagas extraordinarias).

2. El plazo de caducidad de 20 días hábiles (Despidos y sanciones)

Para las acciones más críticas de la relación laboral, el legislador ha impuesto un plazo sumamente breve de 20 días hábiles, regulado en el artículo 59.3 del Estatuto de los Trabajadores y en la LRJS. Este plazo se aplica a:

Nota fundamental sobre el cómputo: Los 20 días son hábiles, lo que significa que se excluyen del cómputo los sábados, domingos y los días festivos (tanto nacionales como autonómicos y locales de la localidad donde radique el órgano judicial). El mes de agosto es inhábil para las acciones de despido en la fase judicial, aunque con particularidades que exigen máxima prudencia.

3. Plazos específicos de la Seguridad Social

En el ámbito de las prestaciones de la Seguridad Social, regulado por el Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social (LGSS), los plazos varían notablemente:

Ejemplos prácticos con cifras reales

Para comprender cómo operan estos plazos en el día a día, analizaremos dos escenarios habituales en el mercado laboral español.

Ejemplo 1: Reclamación de salarios impagados (Prescripción)

Imaginemos a Carlos, un desarrollador web que trabaja en Madrid. Su empresa no le paga la nómina correspondiente al mes de octubre de 2023, que ascendía a 2.100 € netos, y que debió cobrarse el 31 de octubre de 2023.

Ejemplo 2: Impugnación de un despido disciplinario (Caducidad)

Pensemos ahora en Elena, que es despedida de forma disciplinaria el viernes 1 de marzo de 2024.

Trámites prácticos paso a paso para reclamar y detener los plazos

Si te encuentras ante un incumplimiento empresarial o un despido, no puedes acudir directamente al Juzgado de lo Social en la mayoría de los casos. Debes seguir un procedimiento administrativo previo y obligatorio.

Paso 1: Redacción y presentación de la Papeleta de Conciliación

Antes de la vía judicial, es obligatorio intentar un acuerdo a través del Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación (SMAC o el organismo equivalente de tu Comunidad Autónoma).

Paso 2: El periodo de suspensión y celebración del acto

Una vez presentada la papeleta, el plazo de caducidad para el despido se detiene por un máximo de 15 días hábiles (artículo 65.1 de la LRJS).

Paso 3: Presentación de la Demanda ante el Juzgado de lo Social

Si el acto de conciliación termina "sin avenencia" (sin acuerdo) o la empresa no comparece, deberás redactar e interponer una demanda formal ante los Juzgados de lo Social.

Errores que debes evitar

Cometer un desliz con los plazos en el ámbito laboral suele ser irreversible debido a la rigidez de los tribunales sociales. Evita a toda costa los siguientes fallos:

Preguntas Frecuentes (FAQ)

¿Qué pasa si el último día del plazo de caducidad cae en sábado o festivo?

Si el día de vencimiento de un plazo procesal (como los 20 días de despido) es inhábil (sábado, domingo o festivo), el plazo se prorroga automáticamente al primer día hábil siguiente. No obstante, por prudencia jurídica, siempre se recomienda no apurar los plazos hasta el último momento para evitar incidencias técnicas en las plataformas de presentación como LexNET.

¿Se puede reclamar el impago de nóminas de hace tres años si sigo trabajando en la empresa?

No. El plazo de prescripción para reclamar salarios es de 1 año desde que debieron ser percibidos. Por tanto, las mensualidades que tengan una antigüedad superior a 12 meses habrán prescrito y la empresa no tendrá la obligación legal de abonarlas, incluso aunque reconozca que existió la deuda en su día, siempre y cuando no hayas realizado reclamaciones intermedias que hubieran interrumpido dicho plazo.

Si estoy de baja médica (Incapacidad Temporal), ¿se detiene el plazo para reclamar contra mi despido?

No. La situación de incapacidad temporal del trabajador no suspende ni interrumpe el plazo de caducidad de los 20 días hábiles para impugnar un despido. El trabajador debe presentar la papeleta de conciliación y la demanda dentro del plazo legal, pudiendo actuar en su nombre un representante legal o un abogado mediante poder de representación.

¿Cuál es el plazo para reclamar los daños y perjuicios por un accidente de trabajo?

El plazo para reclamar una indemnización por daños y perjuicios derivados de un accidente laboral o enfermedad profesional es de 1 año (prescripción). El cómputo de este año comienza desde el momento en que el trabajador se encuentra totalmente curado o se determinan las secuelas definitivas mediante la correspondiente resolución de incapacidad del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS).

En resumen

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