Alquiler y vivienda

Renovación tácita del alquiler tras la prórroga

Por la Redacción de AbogadoAI · Actualizado el 26 de junio de 2026 · Lectura 10 min · 🇬🇧 Read in English

Cuando un contrato de arrendamiento de vivienda llega a su fin, tanto inquilinos como propietarios suelen enfrentarse a un mar de dudas legales sobre qué ocurre si nadie dice nada y las llaves no se devuelven. En España, el silencio no siempre significa una simple continuación del contrato anterior; a menudo, da paso a una figura jurídica tan desconocida como crucial: la tácita reconducción. Comprender cómo funciona este mecanismo tras agotarse las prórrogas legales es fundamental para evitar sustos financieros, demandas de desahucio inesperadas o la pérdida de derechos sobre la vivienda.

¿Qué es la renovación tácita o tácita reconducción?

Para entender qué ocurre cuando un alquiler continúa "en silencio", primero debemos distinguir entre dos conceptos que a menudo se confunden, pero que tienen efectos jurídicos radicalmente distintos: la prórroga y la tácita reconducción (o renovación tácita).

La prórroga implica que el mismo contrato original se extiende en el tiempo, manteniendo idénticas todas y cada una de sus cláusulas, incluidas las garantías, avales y la duración pactada. En cambio, la tácita reconducción no es una prórroga, sino el nacimiento de un nuevo contrato de alquiler. Este nuevo contrato surge por el consentimiento presunto de las partes: el inquilino permanece disfrutando de la vivienda y el propietario acepta el pago de la renta sin manifestar oposición alguna.

El marco normativo que regula esta situación se encuentra en una doble vertiente legislativa:

Para que opere la tácita reconducción según el Código Civil, deben cumplirse tres requisitos simultáneos:

  1. Que el contrato de arrendamiento original (y sus prórrogas legales) haya llegado a su vencimiento definitivo.
  2. Que el inquilino permanezca disfrutando de la vivienda durante al menos 15 días tras la fecha de vencimiento.
  3. Que el propietario (arrendador) no haya requerido formalmente al inquilino para que desaloje la vivienda antes de que transcurran esos 15 días, ni antes del vencimiento.

El marco temporal: Prórrogas de la LAU vs. Código Civil

Para saber exactamente en qué momento nos encontramos y qué ley se aplica, debemos analizar la fecha en la que se firmó el contrato de alquiler, ya que la legislación española ha sufrido importantes reformas, la más reciente con la Ley 12/2023 por el derecho a la vivienda.

1. Contratos firmados a partir del 6 de marzo de 2019 (y vigentes bajo la Ley 12/2023)

Bajo la normativa actual de la LAU, los plazos de seguridad para el inquilino son muy amplios:

2. El salto al Código Civil (La verdadera tácita reconducción)

¿Qué ocurre cuando finalizan los 5 o 7 años de prórroga obligatoria MÁS los 3 años de prórroga tácita del artículo 10 de la LAU? Es aquí, tras un total de 8 o 10 años de alquiler, donde la LAU deja de regular la duración y entra en juego el Código Civil (artículo 1566).

Al entrar en el terreno del Código Civil, las reglas del juego cambian drásticamente:

Trámites prácticos paso a paso para gestionar la renovación o finalización

Tanto si eres propietario y deseas recuperar tu vivienda, como si eres inquilino y quieres asegurar tu continuidad sin sorpresas, debes seguir estos pasos rigurosos:

Paso 1: Revisar la fecha de firma y calcular los plazos

Localiza tu contrato físico o digital. Identifica la fecha de inicio y calcula si te encuentras dentro de los primeros 5/7 años (prórroga obligatoria LAU), en los 3 años siguientes (artículo 10 LAU) o si ya has superado este límite y te encuentras en el escenario del Código Civil.

Paso 2: Realizar la notificación de no renovación (si procede)

Si alguna de las partes no desea continuar con el alquiler, debe enviar una comunicación fehaciente.

Paso 3: Redacción del documento de resolución o de la adenda de prórroga

Ejemplos concretos con cifras reales

Para visualizar el impacto económico y temporal de estas figuras, analizamos dos escenarios habituales en el mercado inmobiliario español.

Ejemplo 1: El fin de las prórrogas de la LAU (El caso de María)

María firmó un contrato de alquiler de un piso en Madrid el 1 de junio de 2019 por una renta de 900 € mensuales. El arrendador es un particular.

Ejemplo 2: El peligro del alquiler mensual (El caso de Carlos)

Carlos alquila un estudio por 700 € al mes. En su contrato original se estipuló que el alquiler se pactaba por "meses individuales". Tras agotarse todas las prórrogas de la LAU, el contrato entra en tácita reconducción del Código Civil.

Errores que debes evitar

Preguntas Frecuentes (FAQ)

¿Puede el propietario subirme el precio del alquiler al entrar en tácita reconducción?

No de forma unilateral e inmediata. Al tratarse de un nuevo contrato nacido del silencio, se entiende que se mantienen las condiciones económicas del contrato anterior (la misma renta). Si el propietario desea subir el precio del alquiler, debe notificar la no renovación del contrato actual en los plazos legales y proponer la firma de un contrato completamente nuevo con las nuevas condiciones económicas.

¿Qué pasa con la fianza depositada en el organismo autonómico (como el IVIMA, INCASÒL, etc.)?

La fianza legal (equivalente a 1 mes de renta para vivienda) debe permanecer depositada en el organismo correspondiente de la Comunidad Autónoma, ya que la relación arrendaticia sigue existiendo bajo la figura de la tácita reconducción. No obstante, si se redacta un nuevo contrato o una adenda con un aumento de renta, el propietario deberá actualizar dicho depósito.

Si el piso se vende durante la tácita reconducción, ¿puede el nuevo comprador echar al inquilino?

Sí, con mayor facilidad. Al estar el contrato bajo las reglas del Código Civil y no de la LAU, el nuevo adquirente de la vivienda tiene el derecho de dar por finalizado el arrendamiento (principio de "venta quita renta" del artículo 1571 del Código Civil), salvo que el contrato de alquiler estuviera inscrito en el Registro de la Propiedad con anterioridad a la venta.

¿La Ley de Vivienda 12/2023 suspende los desahucios por finalización de contrato en tácita reconducción?

La Ley de Vivienda introduce importantes medidas de protección y control de precios, así como la suspensión temporal de procedimientos de desahucio para personas en situación de vulnerabilidad económica y social (bajo estrictos requisitos de la LEC). Sin embargo, la ley no anula el derecho del propietario a recuperar la vivienda por finalización del plazo contractual; únicamente dilata los plazos procesales si se demuestra dicha vulnerabilidad y el propietario es considerado un "gran tenedor".

En resumen

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