Herencias y sucesiones

Cómo hacer testamento en España: tipos y coste

Por la Redacción de AbogadoAI · Actualizado el 11 de abril de 2026 · Lectura 12 min · 🇬🇧 Read in English

Planificar el futuro y asegurar la tranquilidad de nuestros seres queridos es una de las decisiones más responsables que podemos tomar en vida. En España, el testamento es la herramienta jurídica idónea para garantizar que nuestros bienes se distribuyan conforme a nuestra voluntad tras el fallecimiento, evitando conflictos familiares y costosos trámites de declaración de herederos. A pesar de la creencia popular de que es un proceso complejo y costoso, hacer testamento en España es un trámite sencillo, económico y accesible para cualquier persona, incluidos los residentes extranjeros que han fijado su hogar en territorio español.

¿Por qué es fundamental hacer testamento en España?

La sucesión mortis causa en España no es un proceso de libre albedrío absoluto. El Código Civil español y los diferentes derechos forales autonómicos regulan de forma estricta cómo se deben repartir los bienes.

Si una persona fallece sin testamento (lo que jurídicamente se conoce como sucesión ab intestato), la ley designará a los herederos siguiendo un orden de parentesco obligatorio. Esto puede provocar situaciones no deseadas, como que el cónyuge viudo quede en una situación de desprotección frente a los hijos, o que bienes con un alto valor sentimental acaben en manos de familiares con los que no se mantenía relación.

Hacer testamento permite:

Para entender cómo hacer testamento, primero debemos comprender los límites que impone la ley. El Código Civil español (en su Artículo 806 y siguientes) establece la figura de la legítima, que es la porción de bienes de la que el testador no puede disponer por haberla reservado la ley a determinados herederos, llamados herederos forzosos (hijos y descendientes; a falta de estos, padres y ascendientes; y el cónyuge).

El sistema del Código Civil (Territorio Común)

En las comunidades autónomas que se rigen por el Código Civil común, la herencia se divide conceptualmente en tres tercios:

  1. El tercio de legítima estricta: Se reparte a partes iguales entre los hijos y descendientes. El testador no puede elegir.
  2. El tercio de mejora: Se debe repartir también entre hijos y descendientes, pero aquí el testador sí puede beneficiar a unos frente a otros (por ejemplo, dejar todo este tercio a un solo hijo).
  3. El tercio de libre disposición: El testador puede dejárselo a quien quiera, sea familiar o no, persona física o jurídica (como una ONG).

La especialidad de los Derechos Forales

España cuenta con una gran riqueza legislativa y varias Comunidades Autónomas tienen su propio Derecho Civil (Derecho Foral), que modifica sustancialmente estas reglas:

Tipos de testamento en España

El Código Civil español contempla diferentes formas de testar, adaptadas a las circunstancias de cada persona. Los más habituales son:

1. Testamento abierto notarial

Es el más común, seguro y recomendable. Se realiza ante un Notario Público, quien redacta el documento conforme a la voluntad manifestada por el testador y garantiza que se cumplen todos los requisitos legales. El original queda custodiado en la notaría, y se envía un parte al Registro General de Actos de Última Voluntad, lo que garantiza que nunca se perderá.

2. Testamento cerrado

El testador escribe su última voluntad de forma secreta (a mano o a máquina) y la introduce en un sobre cerrado. Posteriormente, acude al notario, quien autoriza el acta de otorgamiento sobre el propio sobre, sin conocer el contenido del documento. Presenta la desventaja de que, al no estar revisado por un profesional, puede contener cláusulas nulas o contrarias a la ley.

3. Testamento ológrafo

Es el redactado de puño y letra por el propio testador. Para que sea válido, debe cumplir requisitos muy estrictos: ser escrito íntegramente por el testador, estar firmado y contener la fecha exacta (día, mes y año). No puede tener tachaduras ni enmiendas sin salvar.

Aunque parece sencillo, presenta graves inconvenientes: es fácil de destruir o esconder por herederos descontentos, y tras el fallecimiento requiere un complejo y costoso proceso judicial o notarial de "adveración y protocolización" para comprobar su autenticidad, cuyo coste supera con creces el de un testamento notarial.

4. Testamentos especiales

Existen formas excepcionales para situaciones extremas: el militar (en campaña de guerra), el marítimo (durante un viaje a bordo de un buque) y el realizado en peligro inminente de muerte o en caso de epidemia (que permite testar ante testigos sin notario, bajo estrictas condiciones de caducidad).

¿Cuánto cuesta hacer testamento en España?

Uno de los mayores mitos es que hacer testamento es caro. Al contrario, es uno de los trámites jurídicos más económicos que existen en España, ya que los honorarios notariales están regulados por un arancel fijado por el Gobierno.

El coste de un testamento abierto estándar suele oscilar entre los 40 € y los 80 €. El precio exacto puede variar ligeramente en función de:

Incluso en los casos más complejos, el coste raramente supera los 100 € o 120 €.

Trámites prácticos: Cómo hacer testamento paso a paso

Si has decidido redactar tu testamento, estos son los pasos prácticos que debes seguir:

  1. Reflexionar sobre el reparto: Haz un inventario mental de tus bienes y decide a quién quieres proteger. Piensa si quieres dejar legados concretos (un inmueble, una joya, una cuenta bancaria) y a quién designarás como herederos.
  2. Elegir una notaría: Puedes acudir a cualquier notario de España; existe libre elección de notario. No es obligatorio que sea el de tu localidad, aunque sí lo más cómodo.
  3. Solicitar cita previa: Llama o escribe a la notaría elegida indicando que deseas hacer un "testamento abierto".
  4. Aportar la documentación necesaria: Deberás presentar tu Documento Nacional de Identidad (DNI), NIE o pasaporte en vigor. No es necesario llevar las escrituras de tus propiedades, basta con que describas los bienes que quieres legar.
  5. Entrevista con el notario: El notario te escuchará, analizará tu situación familiar y te asesorará legalmente para que tu voluntad encaje dentro de la legalidad (respetando las legítimas).
  6. Redacción y lectura: El notario redactará el borrador. El día de la firma, leerá el documento en voz alta para asegurarse de que estás de acuerdo con cada punto.
  7. Firma y registro: Firmarás el documento. El notario se encargará de remitir telemáticamente la información al Registro General de Actos de Última Voluntad (Ministerio de Justicia). Tú te llevarás a casa una "copia autorizada".

Ejemplos prácticos de planificación hereditaria

Para comprender cómo operan estas reglas en la práctica, analicemos dos escenarios comunes bajo el Código Civil común.

Ejemplo 1: El testamento "del uno para el otro" (Matrimonio con hijos)

Carlos y Sofía están casados bajo el régimen de gananciales y tienen dos hijos comunes. Su patrimonio principal es una vivienda familiar valorada en 240.000 € y una cuenta de ahorros con 30.000 €. Quieren asegurarse de que, si uno fallece, el otro pueda seguir viviendo en la casa sin que los hijos puedan echarle.

Ejemplo 2: Persona soltera y sin hijos con propiedades

Andrés es soltero, no tiene hijos y sus padres ya han fallecido. Su patrimonio consta de un piso valorado en 180.000 € y un vehículo de 15.000 €. Quiere que su piso vaya a parar a su mejor amigo, Luis, y el coche a su sobrino carnal, Mateo.

Errores que debes evitar

Al planificar tu herencia en España, es crucial evitar ciertos fallos comunes que pueden invalidar el documento o generar graves problemas fiscales a tus herederos:

Preguntas Frecuentes (FAQ)

¿Qué pasa si un extranjero residente en España hace testamento aquí?

Según el Reglamento Europeo de Sucesiones (Reglamento UE 650/2012), la ley aplicable a la sucesión de una persona es, por defecto, la de su residencia habitual en el momento del fallecimiento. Sin embargo, la norma permite a cualquier ciudadano extranjero optar expresamente en su testamento por que se aplique la ley de su nacionalidad. Esto es muy útil para ciudadanos británicos, franceses o alemanes que desean evitar las estrictas legítimas del derecho español y aplicar la absoluta libertad de testar de sus países de origen.

¿Se puede cambiar el testamento una vez firmado?

Sí, el testamento es un documento esencialmente revocable. Puedes cambiarlo tantas veces como desees a lo largo de tu vida. El testamento válido y que surtirá efectos tras el fallecimiento será siempre el último otorgado (el de fecha más reciente), el cual revoca de forma automática a todos los anteriores, salvo que se especifique lo contrario.

¿Es obligatorio hacer testamento en España?

No, no es obligatorio. Si no lo haces, se aplicarán las reglas de la sucesión intestada (ab intestato). Sin embargo, el proceso para los herederos será más largo, teniéndose que realizar un acta notarial de notoriedad para la declaración de herederos, cuyo coste (unos 200 € a 350 €) es muy superior al de un testamento sencillo.

¿Puede un testamento evitar que mis herederos paguen impuestos?

No. El testamento regula civilmente quién tiene derecho a los bienes, pero no exime del pago del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD). No obstante, una buena planificación testamentaria (como el usufructo o el reparto estratégico de bienes) puede ayudar a optimizar la carga fiscal de los herederos dentro del marco de la Ley del Impuesto sobre Sucesiones.

En resumen

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Fuentes legales (BOE)

Código Civil

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